Derecho sin fronteras
Por
Rafael Rincón P*
La protección de los derechos
fundamentales no tiene fronteras. Organizaciones sociales de Bogotá, Colectivo
de Abogados José Alvear Restrepo y Minga, solicitaron a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, una medida cautelar de suspensión de
una decisión administrativa interna de la Procuraduría General de la Nación
para evitar un daño irremediable a los derechos políticos del Alcalde Gustavo
Petro y de sus electores.
El Art. 93 de la Constitución
Política de Colombia reza que “Los tratados y convenios internacionales
ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben
su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno”.
Colombia acogió mediante la Ley 16 de 1972 la Convención Americana de Derechos
Humanos.
No en vano cuando el Procurador
Ordoñez visita la CIDH y expone allí sus argumentos lo que está haciendo es un
reconocimiento, está otorgando legitimidad a este órgano internacional. Sin
duda el Procurador hizo su tarea y ahora le corresponde comunicarle al
Presidente de la República para que sea él quien cumpla la Resolución del CIDH.
Colombia es parte de la Convención Americana y está en la obligación de cumplir
sus decisiones.
El caso Petro confirma la
existencia de una dimensión supranacional del proceso y de la justicia que
busca alcanzar una dimensión universal en la defensa de las libertades y de los
derechos fundamentales. Lo que la CIDH hace es un control supranacional de convencionalidad
fundado en el Pacto de San José de Costa Rica.
La CIDH es un organismo
cuasijurisdiccional con carácter contencioso, sus decisiones reúnen todas las
condiciones necesarias para ser vinculantes, sus resoluciones poseen las mismas
formalidades de un fallo, pero sus decisiones no son sentencias. Sus decisiones
tienen un valor moral y jurídico pero no son ejecutables, es decir si el Estado
colombiano no las cumple, materialmente no pasa nada distinto a la reprobación
de la comunidad internacional.
El Presidente tiene en sus manos
una decisión política, acata la Resolución de la CIDH fundada en la Convención
Americana o acata la decisión de un órgano administrativo que tiene
competencias disciplinarias. Más que el jugador de Poker hoy Colombia requiere
un defensor de los derechos políticos de las mayorías. Dudo que Juan Manuel
Santos sea ese defensor.
Medellín, 19 de marzo de 2014
* Abogado y docente universitario
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