Oficina Jurídica Hábeas Corpus

sábado, mayo 12, 2007

Publicadas por Rafael Rincón P.
Etiquetas: Opinio Juris

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Jurídica HáBeas Corpus

Jurídica HáBeas Corpus es una oficina de servicios legales en derechos y gobernabilidad democrática.

Trabajamos para garantizar sus derechos en las áreas constitucional, administrativa, civil y penal.

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El hábeas corpus

Este sintagma del lenguaje jurídico proviene de la expresión latina hábeas corpus ad subiiciendum (‘que tengas tu cuerpo para mostrar’ o que ‘tu cuerpo sea mostrado’), y se emplea para denominar el derecho de un ciudadano que está preso a comparecer en forma pública e inmediata ante un juez, para que éste resuelva si su detención fue legal y si debe ser puesto o no en libertad.

La primera vez que se empleó esta expresión fue en la Carta Magna, arrancada por los nobles ingleses al rey Juan Sin Tierra en 1215, por la cual la soberanía pasó del monarca a la nobleza, que se organizó en una organización que perdura hasta nuestros días con el nombre de Cámara de los Lores.

En la Carta Magna se establecía que ningún hombre libre podría ser detenido, preso, ni desposeído de sus propiedades sin una ley previa que justificase tales actos. Según el texto de la Carta Magna, «Nadie puede ser castigado de ninguna manera sino por sentencia legalmente pronunciada contra él, por sus iguales o pares, según la ley del país. A nadie debe rehusar el Rey pronta justicia, la que no podrá ser vendida a persona alguna».

A pesar de que todo indica que la expresión hábeas corpus nació allí, el principio jurídico en el cual se basa ya existía en el derecho romano, en el recurso conocido como Interdicto de homine libero exhibendo (recurso de mostrar al hombre libre), expresado en la fórmula Quem liberum dolo malo retines, exhibeas, que se aplicaba a todo particular que restringiera la libertad de un hombre que tuviera derecho a ella, para que lo presentara de inmediato ante el pretor, quien decidiría al respecto.

La locución hábeas corpus ha sido castellanizada e incluida en el Diccionario de la Real Academia, por lo que se debe escribir con tilde, de acuerdo con las normas de nuestra lengua.

Artículo 30 de la Constitución Política de Colombia.

Quien estuviere privado de su libertad, y creyere estarlo ilegalmente, tiene derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por sí o por interpuesta persona, el Habeas Corpus, el cual debe resolverse en el término de treinta y seis horas.

Títulos

  • Demandas
  • Derechos Humanos
  • Gobernabilidad
  • Noticias
  • Opinio Juris
  • Sentencias
  • Servicios públicos domiciliarios

Sentencia C-187-2006 de la Corte Constitucional de Colombia

Revisión previa del proyecto de ley estatutaria No. 284/05 Senado y No. 229/04 Cámara “Por medio de la cual se reglamenta el artículo 30 de la Constitución Política”

Magistrada Ponente:
Dra. CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ


Bogotá, D.C., quince (15) de marzo de dos mil seis (2006).

Leyes

  • Código Penal
  • Código de Procedimiento Penal, Ley 600 de 2000
  • Código de Procedimiento Penal, Ley 906 de 2004
  • Ley estatutaria de hábeas corpus

Jurisprudencia sobre retenciones, capturas y detenciones

  • C-730-2005
  • C-101-2005
  • C-024-1994
  • C-199-1998
  • C-762-2007
  • C-720-2007

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Modelo de hábeas corpus

Modelo de hábeas corpus

Señor
Juez (promiscuo municipal, penal municipal, penal del circuito o promiscuo del circuito)
Ciudad

Yo, _______________ en mi condición de (afectado, pariente, tercero o apoderado),
acudo ante el señor juez a fin de solicitarle se sirva dar tramite a la petición de
hábeas corpus en favor de ________________, con fundamento en lo siguiente:

Hechos
(Si el hábeas corpus se invoca por privación ilegal de la libertad)
• El señor__________________ fue aprehendido por______________
(Referencia a la autoridad que realizo la acción) el pasado
(fecha en lo posible exacta) ____________ por orden de
(si se conoce la autoridad que ordeno la detención)
Desde entonces hasta la fecha han transcurrido_______
días, sin que el mismo haya sido indagado o resulta su situación jurídica.


• El señor___________________ se encuentra recluido en
(si se conoce el sitio de reclusión) ___________________,
a partir del día _____________ y el funcionario que ordeno su aprehensión es_____________
quien se desempeña como_____________
(si el habeas corpus se invoca por prolongación ilegal de la privación de libertad).

• El señor ___________________ se encuentra recluido en ____________________,
desde el día ________________ con fecha ___________________
se dicto auto que decreta su libertad, habiendo cumplido la pena requerida,
pero hasta la fecha no ha sido liberado.

Juramento

Bajo la gravedad del juramento, manifiesto que ningún otro funcionario
conoce o ha decidido sobre esta acción.

Fundamentos de derechos:
Fundamento esta petición, señor juez, en los artículos 39 y 85 de la Constitución
Política; y en la Convención americana de derechos humanos (articulo 6° y 7°).

Solicitud
Efectuada la verificación de la violación de las garantías constitucionales y legales,
solicito a usted ordenar la libertad inmediata del señor ___________________________
y compulsar copias para que se inicien las investigaciones a que hubiere lugar.

Del señor juez, atentamente,

_____________________________
Nombres y apellidos del peticionario
Cedula de ciudadanía
Dirección:
Teléfono:


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